Conflicto en Santa Cruz: la Justicia ordena reincorporar a una jueza y el municipio resiste el fallo

La Cámara de Apelaciones santacruceña ratificó la reincorporación de la jueza Yesica Delgado tras su remoción por decreto en Piedra Buena, estableciendo un precedente sobre la independencia judicial municipal el pasado 24 de abril.

La Cámara de Apelaciones santacruceña ratificó la reincorporación de la jueza Yesica Delgado tras su remoción por decreto en Piedra Buena, estableciendo un precedente sobre la independencia judicial municipal el pasado 24 de abril.

El conflicto se originó el 20 de octubre de 2025, cuando el Poder Ejecutivo de Comandante Luis Piedra Buena dictó el Decreto Municipal Nº 3291/25. Mediante esta norma, se dispuso el apartamiento de Yesica Delgado de su cargo como jueza de Faltas. La afectada calificó la medida como un acto ilegítimo, lo que dio inicio a una controversia judicial que ya suma seis meses de trámites en distintas instancias.

De acuerdo con lo que explicaron fuentes cercanas al proceso, los primeros movimientos judiciales ocurrieron apenas nueve días después del cese. El 29 y 30 de octubre, la Justicia emitió medidas cautelares que prohibían al municipio designar un reemplazo permanente. Sin embargo, las autoridades locales avanzaron con un nuevo nombramiento, lo que forzó a los tribunales a declarar dicha designación como meramente provisoria para resguardar el cargo en disputa.

En diciembre de 2025, el Juzgado de primera instancia, bajo la titularidad de la magistrada Anahí Mardones, dictó una sentencia definitiva. La resolución ordenó la restitución inmediata de la abogada a sus funciones y el pago íntegro de los haberes no percibidos. Ante la resistencia inicial del municipio, se estableció una sanción pecuniaria diaria para compeler al cumplimiento de la orden.

Al día de hoy, esa multa asciende aproximadamente a 17 millones de pesos, explicó la magistrada afectada al analizar el impacto del incumplimiento estatal. A pesar de que la apelación municipal se concedió sin efecto suspensivo lo que obligaba a la reincorporación inmediata mientras se resolvía la cuestión de fondo, el Ejecutivo mantuvo la exclusión de la funcionaria. Finalmente, la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia previa y otorgó un plazo de 48 horas para normalizar la situación institucional.

Uno de los puntos técnicos centrales de la resolución radica en la protección de la estabilidad del empleo público. El fallo se apoya en las garantías previstas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 32 de la carta magna provincial. No obstante, el aspecto más relevante para el sistema institucional es la definición de la naturaleza de la justicia de faltas a nivel local.

La sentencia determina que debe existir una división de poderes efectiva dentro del ámbito municipal. Por esa razón, se establece que el juzgado de faltas no puede estar supeditado a las decisiones unilaterales del intendente o su gabinete. Este principio de independencia judicial garantiza que el juzgamiento de las conductas previstas en las ordenanzas se realice sin presiones políticas directas, asegurando un marco de imparcialidad para los ciudadanos.

La persistencia en el incumplimiento de las órdenes judiciales derivó en la apertura de expedientes en el fuero penal. Actualmente, existen causas en trámite por los presuntos delitos de desobediencia a la autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad. La situación procesal de los responsables administrativos podría agravarse si el municipio mantiene su postura frente a las nuevas multas diarias fijadas por la Cámara.

Por otra parte, desde la Asociación de Jueces y Secretarios de Faltas de la provincia señalaron que este caso marca un antecedente clave para la defensa de la autonomía en otras localidades. La resolución no solo resuelve una situación individual, sino que redefine los límites del poder político sobre las estructuras de control legal en el territorio santacruceño.

La resolución de la Cámara de Apelaciones deja al municipio de Piedra Buena en una situación de vulnerabilidad jurídica y financiera. Mientras el Ejecutivo local agota los plazos para efectivizar la restitución, la acumulación de sanciones económicas impacta directamente en las cuentas públicas. Por el momento, no existen señales oficiales de una voluntad de acatamiento inmediato, lo que mantiene abierto un foco de incertidumbre institucional sobre la división de poderes en la provincia.